{"id":3617,"date":"2016-02-11T19:49:46","date_gmt":"2016-02-11T19:49:46","guid":{"rendered":"https:\/\/caf.org.uy\/caf\/?p=3617"},"modified":"2016-02-11T19:49:46","modified_gmt":"2016-02-11T19:49:46","slug":"productores-familiares-exoneraran-contribucion-inmobiliaria-rural","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/caf.org.uy\/caf\/productores-familiares-exoneraran-contribucion-inmobiliaria-rural\/","title":{"rendered":"Productores familiares exonerar\u00e1n contribuci\u00f3n inmobiliaria rural"},"content":{"rendered":"<p>\u00bfCu\u00e1les son los requisitos para que los productores familiares accedan al certificado necesario para tramitar la exoneraci\u00f3n de la contribuci\u00f3n inmobiliaria rural? Este mi\u00e9rcoles 10 de febrero en conferencia de prensa en la Sede central del Ministerio de Ganader\u00eda, Agricultura y Pesca (MGAP), el Dr. Jos\u00e9 Olascuaga, Director en la Direcci\u00f3n General de Desarrollo Rural (DGDR), explic\u00f3 el alcance de la normativa y los requisitos para ello. \u00a0Particip\u00f3 adem\u00e1s el Ing. Agr. Fernando Sganga Encargado del Registro de Productor Familiar en DGDR. Cumpliendo con la Ley 19.355 del Presupuesto Nacional, aprobada en diciembre de 2015, se establece que los productores familiares que explotan hasta 200 hect\u00e1reas pueden ser exonerados de la contribuci\u00f3n inmobiliaria de los primeras 50 hect\u00e1reas, siempre y cuando hagan el tr\u00e1mite correspondiente ante cada Intendencia Departamental. El MGAP a trav\u00e9s de la DGDR emitir\u00e1 un certificado a aquellos productores familiares que est\u00e1n registrados como tales, que tengan la declaraci\u00f3n jurada vigente y que realicen la solicitud.<\/p>\n<p>Olascuaga confirm\u00f3 que a la fecha hay 27 mil personas que poseen la condici\u00f3n de productor familiar y que el tr\u00e1mite en primera instancia se va a realizar en versi\u00f3n papel en la Oficinas del MGAP habilitadas en todo el pa\u00eds y tendr\u00e1 validez siempre y cuando est\u00e9 sellado y firmado por un funcionario del Ministerio. Asimismo adelant\u00f3 que a partir de marzo probablemente se podr\u00e1 solicitar la emisi\u00f3n del certificado de forma online a trav\u00e9s de un formulario de auto consulta, esto con el objetivo de mejorar e ir hacia el tramite electr\u00f3nico que es la tendencia actual. Los productores luego deben presentarse ante la intendencia correspondiente para solicitar la exoneraci\u00f3n con el resto de la documentaci\u00f3n que sea requerida. Cada intendencia establece el cierre de los pagos de este tributo anual.<\/p>\n<p>Los productores familiares deben mantener la informaci\u00f3n actualizada, es por esta raz\u00f3n que la Declaraci\u00f3n Jurada de Productor Familiar tiene una vigencia de 5 a\u00f1os desde la fecha de realizaci\u00f3n de la misma, y por lo tanto, debe actualizarse cumplido este per\u00edodo o cada vez que se realicen cambios en la informaci\u00f3n declarada. El a\u00f1o pasado vencieron los registros de los productores familiares que fueron realizados en el a\u00f1o 2010 y este a\u00f1o vencer\u00e1n aquellos realizados en el a\u00f1o 2011. Esto implica que quienes se registraron entre 2009 y 2011 y a\u00fan no actualizaron sus datos dejar\u00e1n de tener la condici\u00f3n de productores\/as familiares ante la DGDR\/MGAP. Para actualizar los registros o registrarse por primera vez, los interesados deben concurrir a cualquier oficina habilitada del MGAP, llevando: &#8211; Certificado de residencia (fotocopia de recibo de un ente o certificado de Seccional Policial). &#8211; Fotocopia del \u00faltimo recibo de pago de BPS. &#8211; Fotocopia de las cedulas de identidad de todo el n\u00facleo familiar. &#8211; Fotocopia de Declaraci\u00f3n Jurada de DICOSE y\/o colmenas, en caso de tener animales y\/o colmenas.<\/p>\n<p>&#8211; N\u00famero de padr\u00f3n donde realiza la actividad productiva. Es importante destacar que el formulario de registro es una declaraci\u00f3n jurada. Y que el hecho de registrarse no implica que la persona sea considerada productor o productora familiar por el MGAP. Para acceder a esa condici\u00f3n, adem\u00e1s de realizar la Declaraci\u00f3n Jurada, debe cumplir con los siguientes requisitos: &#8211; Residir en la explotaci\u00f3n o a una distancia no mayor de 50 kil\u00f3metros. &#8211; Contar con hasta dos asalariados permanentes o su equivalente en zafrales. (Los rubros hort\u00edcola, frut\u00edcola o vitivin\u00edcola pueden tener hasta un total de 1250 jornales zafrales contratados). &#8211; El ingreso extra-predial, es decir por fuera de la actividad productiva agropecuaria, de todo el n\u00facleo familiar deben promediar mensualmente menos de 14 BPC (a la fecha: $46.760). &#8211; El \u00e1rea m\u00e1xima de explotaci\u00f3n, bajo cualquier forma de tenencia, debe ser hasta 500 hect\u00e1reas CONEAT 100. Los productores podr\u00e1n acceder a diferentes pol\u00edticas p\u00fablicas dirigidas a la producci\u00f3n agropecuaria familiar y tendr\u00e1n acceso diferencial a planes, programas y proyectos gestionados por la DGDR. Otros beneficios de estar registrado correctamente y cumplir con los requisitos son: &#8211; Preferencia para acceder al programa de apoyo a la producci\u00f3n del Movimiento de Erradicaci\u00f3n de la Vivienda Insalubre Rural (MEVIR). &#8211; Preferencia en los planes de adjudicaci\u00f3n del Instituto Nacional de Colonizaci\u00f3n (INC). &#8211; Exoneraci\u00f3n del gravamen de UTE en las redes donde hay radio base de ANTEL. &#8211; Las empresas rurales pertenecientes a productoras familiares que exploten hasta 200 hect\u00e1reas CONEAT 100, que no cuenten con ning\u00fan asalariado permanente, pudi\u00e9ndose contratar hasta 100 jornales zafrales anuales y dedicadas principalmente a la actividad en el predio podr\u00e1n acceder a un subsidio del 50% del aporte patronal m\u00ednimo de BPS. &#8211; Todos los productores familiares podr\u00e1n ser tenidos en cuenta para otras pol\u00edticas p\u00fablicas.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00bfCu\u00e1les son los requisitos para que los productores familiares accedan al certificado necesario para tramitar la exoneraci\u00f3n de la contribuci\u00f3n inmobiliaria rural? 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